CONDICIONADO
PLAN ESPECIAL DE COBERTURA A OTROS FAMILIARES (COFA).
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Este plan especial surge ante la necesidad que tienen los afiliados (Profesores Universitarios) de amparar familiares distintos a los delimitados en el acta convenio APUCV-UCV (1998) producto de la nueva realidad social donde se ha ampliado la responsabilidad del sustento de las cargas derivadas de la vida familiar.
1.- DEFINICIÓN:
Plan complementario de salud, fundamentado en la doctrina del mutualismo, como sustentación de la previsión social. Ofrece protección y cobertura, a los inscritos en el mismo, ante las contingencias de carácter medico que ameriten servicios de hospitalización y cirugía. Constituye un servicio previsional del IPP como ente gestor y se financia con los aportes del titular, pues no recibe recursos de la Universidad Central de Venezuela ni del Instituto de Previsión del Profesorado de la UCV (IPPUCV).
2.- AMBITO DE APLICACIÓN:
Sus beneficiarios son, exclusivamente, los hijos, hijastros, hermanos y nietos entre 21 y 40 años inclusive, que han perdido la condición de elegibles en SAMHOI.
2.2.- AFILIACIÓN E INSCRIPCIÓN:
AFILIACIÓN VOLUNTARIA: Al momento de la inscripción en COFA, el Titular debe consignar documento probatorio del vínculo familiar con el beneficiario, así como fotocopia de las respectivas cedulas de identidad.
3.- PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PLAN COFA:
4.- COTIZACIÓN:
PRIMAJE CONTRIBUTIVO DIRECTO. Tendrá un primaje que será revisado anualmente, atendiendo al impacto inflacionario en el sector salud, el cual será aprobado por el Consejo de Directores del IPP la primera quincena del mes de noviembre; salvo que ocurra una situación inesperada que amerite la revisión de la prima antes de final de año.
5.- CARACTERISTICA DE LA COBERTURA (Prestaciones):
Cobertura anual ante Contingencias de Emergencias Hospitalización y Cirugía, reembolsos y cuidados especiales. Los exámenes de laboratorio que se ofrecen en el Instituto, generarán para el usuario un pago de sólo el 20% del valor tarifado, para lo cual se ha dispuesto un procedimiento especial. Los exámenes realizados en otras instituciones serán reembolsados sobre la base a las tarifas vigentes en SEMO y el laboratorio que presta sus servicios en el Instituto; a excepción de los especiales que no se realizan en la Institución, los cuales se cancelaran según Baremo Institucional. También incluye un descuento del 60% en el Plan de medicamentos para enfermedades crónicas.
Las coberturas otorgadas por estos conceptos o mediante carta aval, serán deducidas del monto de la cobertura anual.
6.- EXCLUSIONES:
7.- DEDUCIBLE:
Con la finalidad de favorecer al profesorado (Titular), se establece un sistema de deducibles: decreciente, porcentual y escalonado, cuyo fundamento es el principio según el cual, mientras más costoso sea el siniestro, menor será el porcentaje que se debe pagar por el deducible. Especificado bajo la tabla siguiente:
DEDUCIBLES ESCALONADOS (TOMANDO COMO BASE CADA 20.000 BS.) |
|
---|---|
MONTOS – Bs. | % DEDUCIBLE |
0.00 a 20.000 | 10% |
20.001 a 40.000 | 8% |
40.001 a 60.000 | 6% |
60.001 a 80.000 | 4% |
80.001 a 100.000 | 2% |
100.001 en adelante | 1% |
CONDICIONES DEL PLAN COFA: