EL INSTITUTO DE PREVISIÓN DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, a través del SISTEMA DE COBERTURAS FUNERARIAS (SICOF), ha asumido la administración de los servicios funerarios que se especifican en el presente documento, los cuales se rigen conforme a las siguientes cláusulas:
¿Qué hacer en caso de Fallecimiento de un afiliado APUCV- IPP?
Debe llamar al Call Center (0212) 820.40.37 que cuenta con personal especializado en el área, donde los afiliados serán atendidos de manera inmediata por un personal debidamente calificado, para coordinar y orientarlos en esos momentos tan difíciles, como es la pérdida de un familiar, con solo indicar el nombre, número de cédula de identidad del titular, nombre de la persona fallecida y el parentesco con el titular, podemos bríndales atención inmediata.
LO PRIMERO QUE DEBEMOS HACER ES ESPERAR EL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN:
• Si el fallecimiento ocurre en un hospital o clínica, debe esperar que sea emitido.
• Si el fallecimiento sucede en la residencia, debe ubicar a su médico tratante según la patología del fallecido, para que elabore un informe médico firmado y sellado, con el cual un familiar directo debe solicitar la planilla EV-14 (Certificado de Defunción) al Distrito Sanitario que le corresponda según la dirección de residencia; una vez obtenido este, debe llevarlo al médico para que coloque la información solicitada, lo selle y firme.
En ambos casos debe tener copia de la cédula de identidad del fallecido, del familiar que realiza la gestión y del médico tratante si es el caso.
• Si ya posee un informe médico y el fallecimiento ocurre en Caracas, o en los municipios Baruta y el Hatillo, antes de las 9:00 pm, se podrá retirar el cuerpo mientras se sigue con el trámite del certificado de defunción. Para los demás municipios del área metropolitana, es un requisito legal indispensable el certificado de defunción para el retiro del cuerpo.
SERVICIO FUNERARIO:
Podrán realizar el acto de velación en la funeraria de su elección, siempre y cuando esta tenga disponibilidad y esté afiliada a nuestra Red de Proveedores, tomando en cuenta las condiciones, de acuerdo con el Plan al cual esté suscrito.
El Servicio velatorio será hasta 06 horas, según convenio. En el caso de ser en el Cementerio del Este, no aplica el uso de las Capillas VIP, Iglesia para las misas de cuerpo presente ni la pérgola, ya que éstos son considerados servicios premium.
En caso de requerir el servicio en las capillas consideradas como premium, se tomará en cuenta el costo baremo de un servicio de 6 horas y los familiares pagarán la diferencia correspondiente.
Ninguno de los Planes de SICOF contempla los gastos por cambios de pauta, resguardo después del primer
día, gastos por capellanía, grama e impuestos municipales.
SERVICIO DE INHUMACIÓN
Si es Inhumación y tiene parcela, el titular de la parcela es quien autoriza y realiza los trámites de inhumación, si el titular de la parcela es el fallecido, un familiar directo debe coordinar dichos trámites.
Documentos requeridos:
✓ Cédula de identidad del fallecido
✓ Cédula de identidad del titular de la parcela.
✓ Si el titular de la parcela no es familiar directo, debe presentar una
autorización, indicando su voluntad de realizar el acto en la parcela de su
propiedad.
SERVICIO DE CREMACIÓN
Para solicitar los servicios de Cremación, la causa del fallecimiento debe ser de forma natural; No procede la cremación por suicidio, homicidio o accidentes, a menos que la fiscalía lo autorice mediante oficio escrito.
Para la autorización de la cremación , según sea el estado civil del difunto, se requerirán los siguientes documentos:
• Si es casado (a): el acta de matrimonio y la cédula de identidad del cónyuge.
• Si es divorciado (a): autorizan los hijos mayores de edad, nacidos producto del matrimonio, presentando la sentencia de divorcio del difunto, la partida de nacimiento y la cédula de identidad de uno de los hijos quien se encargará de la coordinación y autorización. En caso de no haber hijos del matrimonio, se procede como si fuese soltero sin hijos, previa presentación de la sentencia de divorcio.
• Si es viudo (a): autorizan los hijos mayores de edad, nacidos producto del matrimonio, presentando el certificado de defunción del cónyuge del difunto, la partida de nacimiento y la cédula de identidad de uno de los hijos quien se encargará de la coordinación y autorización. En caso de no haber hijos, se procede como soltero sin hijos, previa presentación del certificado de defunción del cónyuge del difunto.
• Si es soltero (a) (sin hijos con padres vivos): autorizan los padres con la partida de nacimiento y las cédulas de identidad de ambos padres. En caso de padre ó madre fallecidos, deberá presentar adicionalmente el acta de defunción correspondiente.
• Si es Soltero (a) (sin hijos, con padres fallecidos): autorizan los hermanos, presentando las actas de defunción de ambos padres, donde aparezcan declarados todos los hijos, las partidas de nacimiento tanto del difunto como de los hermanos que autorizan y las cédulas de identidad respectivas.
• Si es soltero (a) (con hijos): autorizan los hijos mayores de edad. Deben presentar la partida de nacimiento y la cédula de identidad de uno de los hijos quien se encargará de la coordinación y autorización.
• Por Manifestación de voluntad: La persona hace un documento notariado, en el cual indique, que su voluntad es ser cremado una vez fallecido.
LOS PLANES DE PREVISIÓN FUNERARIA COMPRENDEN:
PLAN SUPERIOR – Prima mensual: REF. 3.00
• Traslado desde el lugar del fallecimiento hasta la Funeraria
• Velación hasta 06 horas.
• Ataúd
• Una carroza fúnebre
• Tanatología sencilla / No incluye preparación especial
• Oficio Religioso, de acuerdo con la disponibilidad de cada proveedor
• Gastos de Inhumación
• Parcela dos puestos en Cementerio Privado o en su defecto Municipal de la
localidad donde vaya a realizarse el sepelio.
• Lápida (Nombre del difunto y fechas –nacimiento y defunción)
• Asesoría en Diligencias legales
PLAN SUPERIOR INTERMEDIO – Prima mensual: REF. 1.44
• Traslado desde el lugar del fallecimiento hasta la Funeraria
• Velación hasta 06 horas.
• Ataúd
• Una carroza fúnebre
• Tanatología sencilla / No incluye preparación especial
• Oficios Religiosos, de acuerdo con la disponibilidad de cada proveedor
• Gastos de Inhumación
• Lápida (Nombre del difunto y fechas –nacimiento y defunción)
• Asesoría en Diligencias legales
PLAN ESPECIAL (Servicio de velación y cremación) – Prima mensual: REF. 0.69
Nota: Este plan no incluye muertes por accidente
• Traslado desde el lugar del fallecimiento hasta la Funeraria
• Velación hasta 06 horas.
• Ataúd en condición de préstamo
• Una carroza fúnebre
• Tanatología sencilla / No incluye preparación especial
• Oficio Religioso, de acuerdo con la disponibilidad de cada proveedor
• Cremación del cuerpo
• Cofre básico para cenizas
• Certificado de cremación
• Asesoría en Diligencias legales
Nota: El servicio se está prestando con la empresa INTERASIST, la cual asignó un número exclusivamente para los afiliados APUCV- IPP a nivel nacional. Solo llamando al CALL CENTER (0212)820-40-37
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